sábado, 30 de diciembre de 2017

Conozca los derechos del detenido en casos de detención policial


Fuente de la imagen: Puno Viral

Compartimos algunas recomendaciones básicas e importantes para cualquier ciudadano/a detenido/a por efectivos policiales. 

Las recomendaciones son especialmente útiles en un contexto político de represión que implementaría el fujimorismo en el gobierno. Si alguién duda de esto, basta con mencionar que Vicente Romero, el nuevo Ministro del Interior que juramentó el miércoles 27 de diciembre, fue el edecán de Keiko Fujimori y circuló profusamente ayer una foto del mismo repartiendo calendarios parwa la campaña política de Alberto Fujimori.


Recomendaciones para los casos de detención policial: derechos del detenido

Por Juan José Quispe*

1. Llevar consigo el número de teléfono de un abogado o un familiar más cercano para inmediatamente de ser detenido ejercer su primer derecho: Realizar una llamada telefónica para informar su detención. 

2. Identifícate inmediatamente ante el PNP que te intervenga. No hacerlo implica que la policía está facultada a llevarte a la Comisaria más cercana y retenerte por espacio de 5 horas para identificarte, independientemente del supuesto delito por el que te intervenga. 

3. Derecho a pedir identificación plena del policía que te detiene. Así lo establece la ley policial.

4. Derecho a ser informado por escrito sobre la causa o motivo de su detención. SER INFORMADO POR ESCRITO SOBRE LA CAUSA O MOTIVO DE SU DETENCIÓN,

5. Derecho a que el acta de Incautación y Registro Personal  (registro que hace la PNP en la indumentaria del intervenido así como de sus bolsas, mochilas, carteras, etc) debe ser firmado siempre que se lea el acta completa y ésta concuerde con lo que la persona sabe que llevaba consigo. Si no concuerda, no se firma. Nota: El Acta se elabora en el lugar de la detención y en ese lugar se firma.

6. Derecho a entrevistarte con el fiscal inmediatamente a su detención. Para informar si tu detención ha sido ilegal y arbitraria.

7. Derecho a ser revisado por un Médico Legista y exigir que el médico le revise todo el cuerpo además de indicar los agentes causantes de los golpes. 

8. En la dependencia policial, declarar siempre que esté presente el abogado de tu libre elección y el Fiscal. El abogado de oficio o de la Defensa Pública solo te apoyará por imposibilidad de tu abogado particular. 

9. Los Derechos del declarante son:

9.1 A que se le informe los cargos concretos y las pruebas que ameritaron su detención. 

9.2 Brindar su declaración sin presión ni coacción alguna. 

9.3 Guardar silencio. No es muy recomendable, es mejor defenderse de los cargos. En todo caso expresar que se guardará silencio por ausencia de su abogado o inexistencia del Fiscal. 

9.4 No autoinculparse. No se puede declarar contra si mismo.

9.5 A no sindicar a otros compañeros por coacción o presión policial y/o fiscal.

9.6 Señalar que fue golpeado y que hasta ese momento no fue revisado por un Médico Legista.

9.7 A leer toda su declaración, no puede ni debe ser apurado ni compelido a hacerlo sin concluir con su lectura completa.
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Juan José Quispe es abogado penalista y procesalista penal que laboró en el Instituto de Defensa Legal (IDL)


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