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Puno Viral
Compartimos algunas
recomendaciones básicas e importantes para cualquier ciudadano/a detenido/a por
efectivos policiales.
Las recomendaciones son especialmente útiles en un
contexto político de represión que implementaría el fujimorismo en el gobierno.
Si alguién duda de esto, basta con mencionar que Vicente Romero, el nuevo
Ministro del Interior que juramentó el miércoles 27 de diciembre, fue el edecán
de Keiko Fujimori y circuló profusamente ayer una foto del mismo repartiendo
calendarios parwa la campaña política de Alberto Fujimori.
Recomendaciones para
los casos de detención policial: derechos del detenido
Por
Juan José Quispe*
1. Llevar consigo el
número de teléfono de un abogado o un familiar más cercano para inmediatamente
de ser detenido ejercer su primer derecho: Realizar una llamada telefónica para
informar su detención.
2. Identifícate
inmediatamente ante el PNP que te intervenga. No hacerlo implica que la policía
está facultada a llevarte a la Comisaria más cercana y retenerte por espacio de
5 horas para identificarte, independientemente del supuesto delito por el que te
intervenga.
3. Derecho a pedir
identificación plena del policía que te detiene. Así lo establece la ley
policial.
4. Derecho a ser
informado por escrito sobre la causa o motivo de su detención. SER INFORMADO
POR ESCRITO SOBRE LA CAUSA O MOTIVO DE SU DETENCIÓN,
5. Derecho a
que el acta de Incautación y Registro Personal (registro que hace la PNP
en la indumentaria del intervenido así como de sus bolsas, mochilas, carteras,
etc) debe ser firmado siempre que se lea el acta completa y ésta
concuerde con lo que la persona sabe que llevaba consigo. Si no
concuerda, no se firma. Nota: El Acta se elabora en el lugar de la
detención y en ese lugar se firma.
6. Derecho a entrevistarte
con el fiscal inmediatamente a su detención. Para informar si tu detención
ha sido ilegal y arbitraria.
7. Derecho a ser
revisado por un Médico Legista y exigir que el médico le revise todo el cuerpo
además de indicar los agentes causantes de los golpes.
8. En la dependencia
policial, declarar siempre que esté presente el abogado de tu libre elección y
el Fiscal. El abogado de oficio o de la Defensa Pública solo te apoyará por
imposibilidad de tu abogado particular.
9. Los Derechos del
declarante son:
9.1 A que se le informe
los cargos concretos y las pruebas que ameritaron su detención.
9.2 Brindar su declaración sin presión ni coacción alguna.
9.3 Guardar silencio. No es muy recomendable, es mejor defenderse de los cargos. En todo caso expresar que se guardará silencio por ausencia de su abogado o inexistencia del Fiscal.
9.4 No autoinculparse. No se puede declarar contra si mismo.
9.5 A no sindicar a otros compañeros por coacción o presión policial y/o fiscal.
9.6 Señalar que fue golpeado y que hasta ese momento no fue revisado por un Médico Legista.
9.7 A leer toda su declaración, no puede ni debe ser apurado ni compelido a hacerlo sin concluir con su lectura completa.
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Juan José Quispe es abogado penalista y procesalista penal que laboró en el Instituto de Defensa Legal (IDL)
Juan José Quispe es abogado penalista y procesalista penal que laboró en el Instituto de Defensa Legal (IDL)
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